Aplicación medidas LGTBI en las empresas de más de 50 trabajadores- Documentos

🏢 Esta normativa afecta a todas las empresas con más de 50 trabajadores , quienes están obligadas a aplicar internamente estas medidas.

⚠️ Aunque todavía no se ha alcanzado un acuerdo sobre estas medidas dentro del Acuerdo Laboral Estatal de Hostelería (ALEH) , esto NO exime a las empresas de cumplirlas.

👮‍♂️ La obligación es vigente y puede ser objeto de inspecciones.

📌 Por ello, y hasta que se produzca su regulación en el ALEH, compartimos con vosotros un documento que recoge dichas medidas (las recogidas en el anexo I, de contenido mínimo y obligatorio) y así evitar posibles sanciones. Estas medidas se aplicarán hasta que entren en vigor las que posteriormente se puedan acordar en la negociación del ALEH.

🛡️ Asimismo, será obligatorio disponer del Protocolo de actuación frente al acoso y la violencia contra las personas LGTBI.

🔹 Si se dispone en la empresa del Protocolo contra el acoso sexual y por razón de sexo, recomendamos que se incluya a este colectivo para que su adaptación sea más sencilla.

📎 Os adjuntamos también un modelo de este protocolo para facilitar su implementación.

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